ESPECIALISTAS EN MEDIACION FAMILIAR
Nuestros mediadores privados, cuentan con amplia experiencia atendiendo a diferentes tipos de familias. Solicita tu hora para mediación familiar acá:
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MEDIACION FAMILIAR:
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MEDIACIÓN PARA ALIMENTOS:
Es la materia por la que se solicitan más horas mediación familiar, su relación es directa con el dinero que debe entregar el padre/madre que no posee el cuidado personal del NNA (Niño, Niña o Adolescente)
1. Alimentos (Comida) incluido los alimentos especiales que sean requeridos
2. Útiles de aseo: Pañales, Toallas húmedas, Shampoo, Jabón, Cremas especiales (Cuando corresponde)
3. Gastos básicos como: Agua, Luz, Calefacción, Internet, Gas
4. Vestimenta
5. Transporte
6. Cuidado del niño
7. Otros
Existen otros gastos, que si bien no se clasifican en “ALIMENTOS” estos se consideran como GASTOS ADICIONALES, algunos como ejemplo: Talleres deportivos, Visitas al doctor, compra de medicamentos, útiles escolares, matriculas de colegio, uniformes escolares y otros. Recordar, que estos gastos y los GASTOS EXTRAORDINARIOS DIFICILES DE PREVEER, deben quedar estipulados en la mediación, como serán informados, como serán pagados y en que tiempo. En estos últimos gastos se enfrentará el costo que por ejemplo podría tener algún accidente grabe.
Todos estos gastos deben ser cubiertos por AMBOS PADRES, en relación con su fuerza económica, quien gana más, aporta más, quien gana menos aporta menos. Hoy, decir encontrarse CESANTE no es una excusa para NO PAGAR alimentos.
SOLICITAR HORA PARA AUMENTO DE ALIMENTOS: Ya conocemos el monto actual que el demandado(a) está pagando, de esta manera podremos indicar con claridad a que se debe el aumento que se esta solicitando. Para llevar este valor claramente identificado, podemos realizar nuevamente la tabla de gastos correspondiente y esta reflejara porque motivo se requiere el aumento en los alimentos.
SOLICITAR MEDIACIÓN REBAJA ALIMENTOS: Para solicitar esta rebaja, el padre/madre que entrega este dinero, debe de justificar con razones, claras y comprobables que así lo requiere. Como, por ejemplo; una rebaja fuerte de sus ingresos, estar enfrentando una enfermedad catastrófica, etc. Tener en cuenta, que no todos los Tribunales de Familia aceptan la reducción de estos dineros, ya que se ha establecido un mínimo de alimentos a entregar. En el año 2025, los alimentos para un hijo inician en el 40% del IMR (Ingreso Mínimo Remuneracional) hoy es de $529.000, lo que nos da como mínimo una pensión alimenticia de $211.600. Cuando se tiene mas de 1 hijo al que entregar alimentos, esto baja al 30% del IMR.
Para solicitar el cese de los alimentos se deben cumplir algunos requisitos tales como:
1. El hijo por el cual se entregaban estos alimentos debe ser mayor de 21 años y no encontrarse trabajando.
2. Si tiene mas de 21 años, pero este se encuentra estudiando, los alimentos se deben entregar hasta que el hijo se titule de la carrera que esta cursando o cumpla los 28 años.
3. Es importante NO tener deuda y NO ESTAR EN EL REGISTRO DE DEUDORES, pero pese a esto ultimo de todas maneras se puede solicitar el Cese indicando alguna alternativa de pago o llegando a un mutuo acuerdo por la deuda.
